Condiciones Generales

Condiciones Generales de Prosoltec Solarsysteme GmbH, en adelante denominada: «la Empresa» (Fecha: 18.10.2017)

§ 1 Disposiciones generales

Las siguientes Condiciones Generales se aplican a toda la relación comercial entre nuestra empresa y nuestros socios comerciales para todas las entregas, servicios y ofertas. Se acuerdan con el socio comercial al realizar el primer pedido y se aplican a todos los pedidos futuros, incluso si no se hace referencia expresa a su validez nuevamente.

Las Condiciones Generales se aplican de forma exclusiva; quedan excluidas cualesquiera condiciones divergentes del socio comercial, salvo que la Empresa confirme expresamente y por escrito su validez. Esto también se aplica cuando, conociendo las posibles condiciones divergentes del socio comercial, la entrega se realiza sin reservas.

§ 2 Oferta, objeto del contrato

  1. Las ofertas, verbales o escritas, son siempre sin compromiso y no vinculantes. Los pedidos solo son jurídicamente vinculantes cuando se confirman por escrito en un plazo razonable o se ejecutan de acuerdo con lo convenido con el consentimiento del socio comercial.
  2. La cancelación total o parcial de pedidos confirmados por parte del socio comercial es posible sin coste hasta dos semanas antes de la fecha de entrega o fecha de disponibilidad confirmada por la Empresa. Posteriormente, se aplicará una tarifa de cancelación del 10% del valor del pedido. Si un pedido confirmado es cancelado por el socio comercial después de la fecha de entrega confirmada por la Empresa o después de la confirmación de disponibilidad para el envío, se aplicará una tarifa de cancelación del 20% del valor del pedido.
  3. El tipo, alcance y plazo de las entregas o servicios se determinan según la confirmación de pedido por escrito.
  4. Con respecto a las prestaciones indicadas en folletos, ilustraciones, planos y otras descripciones, en particular en cuanto a dimensiones, colores, construcciones y formas, así como otras características que no limiten el uso para el fin contractual, la Empresa se reserva desviaciones habituales en el comercio, sin que el socio comercial pueda derivar reclamaciones de ello.
  5. Las ilustraciones, planos, dimensiones e indicaciones de peso, así como otros datos técnicos o indicaciones, no constituyen garantía de calidad o durabilidad. Las propiedades garantizadas o las garantías de durabilidad o calidad deben acordarse especialmente por escrito.

§ 3 Precios

Salvo que la confirmación de pedido indique lo contrario, los precios incluyen la entrega desde fábrica o almacén, incluido el embalaje simple, pero excluyen el transporte, aduanas, seguro, montaje, otros gastos adicionales y el IVA vigente en la fecha de entrega; estas partidas se detallan por separado en la factura.

§ 4 Entrega, transferencia del riesgo

La entrega se realiza desde fábrica o almacén por cuenta y riesgo del socio comercial, incluso cuando se acuerde entrega con transporte gratuito o transporte con medios de transporte propios de la Empresa. Salvo que se acuerde expresamente por escrito lo contrario, la elección del medio de transporte corresponde a la Empresa. La transferencia del riesgo se produce al entregar la mercancía al transportista o porteador o al cargarla en vehículos propios con el fin de transportarla al socio comercial.

§ 5 Condiciones de devolución

  1. Las devoluciones de mercancía, es decir, la devolución de mercancías pedidas y ya entregadas por nosotros, solo se permiten en casos excepcionales y únicamente cuando esto se haya acordado por escrito con la Empresa. Si el cliente desea devolver dichas mercancías, debe anunciarlo por escrito indicando el número de artículo y la cantidad pedida, así como el número de albarán y factura, en nuestro departamento de pedidos.
  2. Solo después de la confirmación por escrito de nuestro departamento de pedidos, el cliente está autorizado a enviar la devolución a la Empresa. Todos los costes asociados con la devolución de la mercancía, así como el riesgo de deterioro o pérdida accidental de la mercancía, corren a cargo del cliente. Las mercancías que nos lleguen sin franqueo o sin autorización previa por escrito no serán aceptadas y serán devueltas a cargo del remitente.
  3. En ningún caso se pueden devolver mercancías que no hayan sido adquiridas directamente por el cliente de nosotros y cuya fecha de entrega sea superior a 3 meses. El cliente debe acreditar este requisito.
  4. Quedan excluidas de la devolución todas las mercancías no comercializables, por ejemplo, mercancías que ya no figuran en nuestro catálogo, piezas fabricadas a medida o productos que hayan experimentado modificaciones técnicas entretanto.
  5. La devolución de la mercancía debe realizarse en un plazo de 4 semanas, contadas desde la comunicación de nuestro consentimiento. Las devoluciones recibidas después de este plazo no serán aceptadas y serán devueltas a cargo y riesgo del remitente.
  6. Las devoluciones impecables, debidamente embaladas, comercializables y autorizadas por nosotros según las condiciones anteriores se abonarán al cliente deduciendo un 10% del valor neto de la mercancía. No se emitirá nota de abono para un valor neto de mercancía inferior a 50 euros.

§ 6 Plazo de entrega

  1. Si se supera una fecha de entrega acordada por escrito, el socio comercial deberá conceder primero a la Empresa un plazo adicional razonable. Si la entrega no se realiza antes del vencimiento del plazo adicional, el socio comercial tiene derecho, excluyendo otros derechos, a rescindir el contrato mediante declaración por escrito. Si solo se ve afectada una parte de la entrega, el derecho de rescisión se limita a esa parte, salvo que la entrega realizada ya no tenga interés para el socio comercial. Si la Empresa incurre en mora por causas que le sean imputables, el socio comercial solo tendrá derecho a reclamaciones por daños y perjuicios si la causa de la mora se debe a dolo o negligencia grave.
  2. Si se producen retrasos en la entrega o prestación debido a fuerza mayor o a acontecimientos que dificulten sustancialmente o imposibiliten la entrega, como dificultades sobrevenidas en el aprovisionamiento de materiales, averías en la producción, huelgas, cierres patronales, escasez de personal, falta de medios de transporte, disposiciones oficiales, etc., incluso si ocurren en proveedores o sus subproveedores, la entrega o prestación podrá posponerse durante la duración del impedimento más un plazo de arranque razonable, o podrá rescindirse total o parcialmente el contrato en lo que respecta a la parte aún no cumplida. Si el impedimento dura más de 3 meses, el socio comercial tiene derecho, tras fijar un plazo razonable, a rescindir el contrato en lo que respecta a la parte aún no cumplida y, excluyendo derechos adicionales, a exigir la devolución de los anticipos eventualmente abonados. En caso de entrega parcial, el socio comercial solo podrá rescindir todo el contrato si el cumplimiento restante del contrato carece de interés para él.
  3. Si la mercancía no es retirada total o parcialmente por el socio comercial diez días después de la fecha de entrega confirmada, o en caso de entrega bajo pedido, incluida la solicitud de cantidades parciales, no se solicita en un plazo de diez días a partir de la fecha del plazo de disponibilidad confirmado, la Empresa tiene derecho, a su elección, a trasladar el pedido del socio comercial a la siguiente disponibilidad, es decir, tras fijar y vencer infructuosamente un plazo razonable, disponer total o parcialmente del objeto de entrega y entregar al socio comercial con un plazo razonable ampliado, o almacenar la mercancía y exigir por cada semana iniciada una tarifa de almacenamiento del 1% del valor del pedido, o tras fijar y vencer infructuosamente un plazo razonable, cancelar total o parcialmente el pedido y exigir una tarifa de cancelación del 20% del valor del pedido cancelado.

§ 7 Condiciones de pago

  1. Salvo que se acuerde lo contrario, los pagos deben realizarse inmediatamente después de la fecha de factura sin deducciones. La Empresa se reserva el derecho de entregar únicamente contra pago anticipado o contra reembolso, y al extranjero contra carta de crédito irrevocable o pago anticipado.
  2. Independientemente de una determinación de prestación contraria por parte del socio comercial, los pagos se imputarán primero a las deudas más antiguas, concretamente primero a los costes, luego a los intereses y finalmente al crédito principal.
  3. El socio comercial solo puede compensar o ejercer un derecho de retención si su contracrédito ha sido establecido por sentencia firme, es indiscutido o ha sido reconocido por escrito.
  4. Si el socio comercial incurre en mora en el pago, se calcularán —sin perjuicio de reclamaciones adicionales— intereses de demora del 8% por encima del tipo de interés básico vigente. Un socio comercial no comerciante solo deberá pagar intereses de demora del 5% por encima del tipo de interés básico vigente.
  5. En caso de mora del socio comercial, protestos de letras de cambio u otras dudas fundadas sobre su solvencia, todas las facturas pendientes vencerán para pago inmediato.
  6. Las letras de cambio y cheques no se consideran como pago en lugar de cumplimiento. Se aceptan letras de cambio, cheques y valores con reserva de todos los derechos y sin garantía de presentación oportuna.

Los gastos de descuento y accesorios corren a cargo del socio comercial.

§ 8 Reserva de dominio

  1. Hasta el cumplimiento de todos los créditos existentes derivados de la relación comercial con el socio comercial, se aplica la reserva de dominio sobre todas las mercancías entregadas (mercancía con reserva). El socio comercial custodia gratuitamente la mercancía con reserva para la Empresa. Se compromete a almacenar la mercancía con reserva por separado y a comunicar el lugar de almacenamiento si se le solicita.
  2. El socio comercial puede enajenar la mercancía con reserva en el curso ordinario de los negocios, siempre que no esté en mora. No están permitidos los embargos ni las cesiones en garantía. Los créditos derivados de la reventa o de cualquier otro motivo jurídico son cedidos desde ahora por el socio comercial a la Empresa en garantía; sin embargo, está autorizado de forma revocable a cobrar los créditos en su propio nombre. Si se producen circunstancias o se conocen circunstancias que justifiquen una valoración de riesgo elevada de los créditos contra el socio comercial, este deberá, a requerimiento, revelar la cesión y proporcionar a la Empresa la información y documentación necesarias. En caso de acceso de terceros a la mercancía con reserva, el socio comercial debe señalar la reserva de dominio y notificar inmediatamente a la Empresa. Los posibles costes y daños corren a cargo del socio comercial. En caso de comportamiento contrario al contrato por parte del socio comercial, en particular mora en el pago, la Empresa puede retirar la mercancía con reserva a costa del socio comercial o, en su caso, exigir la cesión del derecho de entrega del socio comercial frente a terceros. La retirada, así como el embargo de la mercancía con reserva por parte de la Empresa, no constituyen rescisión del contrato.
  3. Si las mercancías entregadas o las mercancías fabricadas a partir de ellas por el socio comercial, sobre las que existe reserva de dominio, son enajenadas por el socio comercial o instaladas o transformadas en un tercero en virtud de un contrato de obra o de servicios, el crédito del socio comercial frente a su contratante, en su caso en la cuantía de la participación en copropiedad de la Empresa en la mercancía vendida o utilizada, hasta la cuantía de los créditos del precio de compra de la Empresa contra el socio comercial, pasa a la Empresa. En este alcance, el socio comercial cede desde ahora los créditos a la Empresa.

§ 9 Reclamaciones por defectos, limitación de responsabilidad y obligación de inspección

  1. Si el socio comercial es comerciante, se le aplican los §§ 377 y ss. del HGB. Si es consumidor, está obligado a verificar la (parte de la) prestación en un plazo de cuatro semanas tras su entrega e inspeccionarla en busca de posibles desviaciones del volumen del pedido y defectos. Las reclamaciones por errores y defectos evidentes deben presentarse por escrito ante la Empresa dentro de este plazo. Transcurrido este plazo, se considera aceptada la prestación. Los defectos que no puedan detectarse ni siquiera con una inspección cuidadosa dentro de este plazo deben reclamarse inmediatamente tras su descubrimiento dentro del plazo de garantía.
  2. En caso de que la reclamación por defectos se presente de forma oportuna y fundada, el derecho del socio comercial se limita al cumplimiento posterior, pudiendo la Empresa, a su elección, entregar una cosa sin defectos como sustitución o subsanar el defecto en el lugar de exposición o en la fábrica de entrega. Si el cumplimiento posterior fracasa dos veces, el socio comercial puede reducir el precio o rescindir el contrato. Requisito para estos derechos es que existiera un defecto material en el momento de la entrega y que este se reclame dentro del plazo de prescripción. El socio comercial comerciante debe probar que existía un defecto material en el momento de la entrega; el socio comercial no comerciante solo debe aportar esta prueba tras transcurrir los primeros 6 meses.
  3. Estas reclamaciones por defectos no existen si, sin el consentimiento expreso de la Empresa, el socio comercial o un tercero realizan reparaciones, modificaciones o restauraciones en los objetos entregados, se dificultan los trabajos de subsanación por parte del socio comercial o terceros, la puesta en servicio se realiza contrariamente a las instrucciones de la Empresa, o un defecto se debe a un tratamiento incorrecto o negligente o al desgaste natural.
  4. En el caso del socio comercial comerciante, todas las reclamaciones por defectos materiales prescriben a los veinticuatro meses de la entrega de la mercancía al socio comercial. En el caso de un socio comercial que sea consumidor en el sentido del § 13 del BGB, se aplica un plazo de garantía de 12 meses para artículos usados y de dos años para artículos nuevos a partir de la entrega de la mercancía al socio comercial. Esto solo no se aplica cuando la ley prescribe plazos más largos (derechos de recurso, casos de lesión de la vida, el cuerpo o la salud, incumplimiento de obligaciones doloso o gravemente negligente, así como ocultación dolosa de un defecto). Las disposiciones legales sobre suspensión, interrupción y reinicio de los plazos permanecen inalteradas.
  5. Las reclamaciones por daños y perjuicios quedan excluidas, independientemente del fundamento jurídico. Esto se aplica en particular a todo tipo de daños consecuenciales. La exclusión de reclamaciones por daños y perjuicios no se aplica en la medida en que exista dolo o negligencia grave, o se responda por lesión de la vida, el cuerpo o la salud. Las posibles reclamaciones por daños y perjuicios por incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales se limitan al daño previsible típico del contrato, pero no pueden superar la cuantía del capital social respectivo, salvo que exista dolo o negligencia grave, o se responda por lesión de la vida, el cuerpo o la salud. Tales reclamaciones también prescriben a los doce meses, siempre que el socio comercial no sea consumidor. Esto no se aplica a las reclamaciones según la Ley de Responsabilidad por Productos Defectuosos ni a los contratos en los que se incorpora íntegramente la Parte B de la VOB.

§ 10 Lugar de cumplimiento, derecho aplicable, jurisdicción, cláusula de salvaguardia

  1. El lugar de pago y cumplimiento es Ahorn-Buch. La jurisdicción para todos los litigios relacionados con este contrato se determina por la sede del vendedor.
  2. Se aplica el derecho de la República Federal de Alemania, excluyendo la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.
  3. Si una o varias cláusulas de estas condiciones comerciales o de una disposición en el marco de otros acuerdos fueran o resultaran ineficaces, ello no afectará a la validez de todas las demás disposiciones o acuerdos. En su lugar, se aplicará la respectiva regulación legal para esta disposición eficaz.

§ 11 Invalidez de condiciones anteriores

Estas condiciones comerciales invalidan todas las condiciones comerciales anteriores de la Empresa.

Fecha: 18.10.2017. PROSOLTEC Solarsysteme GmbH – Kölner Str. 193 – 50226 Frechen – Director Gerente: Javier Pastor Teverga